Un extitular de ARCA, celebró el régimen de Inocencia Fiscal: “La gente podrá gastar su ahorro con total libertad”

El exfuncionario remarcó que el nuevo marco normativo habilita mecanismos para formalizar recursos y depositarlos en el sistema financiero, sin presiones tributarias sobre ahorros previamente no declarados

El ex titular de ARCA, Juan Pazo, afirmó que la reciente reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal constituye un cambio de paradigma para el sistema tributario argentino. Según el exfuncionario, la norma otorga a los ciudadanos la posibilidad de disponer de sus ahorros con total libertad, tras décadas de restricciones, inflación y un esquema fiscal que incentivó la informalidad. En declaraciones a Radio Mitre, Pazo sostuvo que la promulgación y reglamentación de la ley permite acceder a la formalización del ahorro y recuperar la confianza en el sistema financiero nacional.

El régimen contempla la declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias, un mecanismo que busca facilitar el cumplimiento fiscal. Según Pazo, el sistema precarga la información a partir de los ingresos y gastos deducibles de cada contribuyente, permitiendo confirmar o modificar los datos antes de la presentación. El pago en término genera un efecto liberatorio y presume la exactitud de la declaración, lo que impide que ARCA cuestione incrementos patrimoniales de aquellos que cumplan con los umbrales legales.

Uno de los aspectos centrales de la normativa reside en los límites que establece para el ingreso al régimen. En términos patrimoniales, el tope se ubica en 10.000 millones de pesos o su equivalente en dólares, siempre y cuando el interesado no supere un ingreso anual de 1.000 millones de pesos (aproximadamente US$ 650.000). El límite total del patrimonio asciende a US$ 6,5 millones. De este modo, la ley apunta especialmente a personas físicas, pequeños y medianos empresarios y ahorristas que, por distintas circunstancias, mantuvieron fondos fuera del sistema.

Pazo detalló que quienes adhieran al régimen pueden exteriorizar hasta tres millones de dólares, siempre que el patrimonio previo no supere los límites legales y que los fondos provengan de actividades lícitas. “No pueden ingresar al régimen fondos de origen delictivo, ni vinculados al terrorismo, la corrupción o el crimen organizado”, aclaró el exfuncionario. Los bienes comprendidos incluyen propiedades, automóviles, motos y dinero en efectivo, tanto en el país como en el exterior.

La bancarización de los fondos constituye un requisito indispensable para acceder a los beneficios del régimen. Pazo explicó que los recursos pueden depositarse en entidades financieras o bien canalizarse a través de la adquisición de bienes, siempre que la operación se registre en el sistema. “Los fondos se tienen que bancarizar en origen o en destino. Puede ir al banco o puede ir a la concesionaria y ésta depositarlos”, aclaró. De este modo, las operaciones quedan documentadas y pueden ser utilizadas para futuras inversiones o compras.

Uno de los objetivos explícitos del Gobierno consiste en fomentar la canalización de ahorros hacia el sistema bancario, evitando que los dólares permanezcan fuera del circuito formal y pierdan capacidad de generación de renta. “Los que tienen los dólares en el colchón están perdiendo una renta”, sostuvo Pazo. El directorio del Banco Nación, según explicó, habilitó mecanismos para recibir estos fondos y ofrecer tasas de interés competitivas: los depósitos en caja de ahorro en dólares rinden un 2,1% anual y los plazos fijos a un año alcanzan el 5%.

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