La Cámara Civil confirmó medidas de protección en una denuncia por violencia familiar y rechazó excluir al padre del hogar
El tribunal de alzada porteño consideró que no se había acreditado un riesgo de gravedad que justificara una medida de tipo excepcional en el expediente
En el marco de una denuncia por violencia familiar, la Cámara Civil porteña confirmó las medidas de protección dictadas contra un hombre en favor de su hija, pero rechazó el pedido de la joven para que su padre fuera excluido del hogar familiar y para que se fijara una cuota alimentaria por esa vía, al considerar que no se acreditó un riesgo grave que justificara una medida más extrema y que el reclamo económico debía tramitarse en otro expediente.
Sin embargo, la magistrada rechazó otros pedidos formulados por la joven, entre ellos la exclusión provisoria del padre de la vivienda familiar y la fijación de una manutención a su favor, tras considerar que esta última cuestión debía canalizarse por el proceso correspondiente, dado que ya existía un convenio regulador previo celebrado en el marco de un expediente de familia anterior.
Disconforme con esa decisión, la denunciante interpuso recursos de reposición y apelación, alegando, entre otros puntos, que el fallo había omitido expedirse sobre ciertos planteos y que resultaba insuficiente para garantizar su protección integral.
La Cámara Civil rechazó, en primer término, el planteo de nulidad al recordar que ese remedio solo procede cuando la sentencia presenta defectos formales graves. En ese sentido, precisó que “no resulta admisible en hipótesis de errores u omisiones in iudicando, las que, de existir, pueden ser reparadas por medio del recurso de apelación”.
Al analizar el fondo del asunto, a su vez, los camaristas reseñaron que la ley 24.417 de violencia familiar tiene como finalidad “el cese del riesgo que pesa sobre la víctima y evitar el agravamiento de los perjuicios derivados del maltrato”, mediante medidas de naturaleza cautelar, orientadas a brindar una tutela urgente y preventiva.
En relación con el pedido de exclusión domiciliaria, el tribunal puso especial énfasis en el informe interdisciplinario elaborado por la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) el pasado 11 de enero, en el que se evaluó la existencia de un riesgo “moderado a medio” en caso de continuar la convivencia entre padre e hija. El informe recomendó, además, la inserción de ambos en espacios psicoterapéuticos y la realización de un diagnóstico de interacción familiar.

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