08:15Fentanilo mortal: las falencias en las historias clínicas y los peritos que confirman un “incremento del riesgo de muerte” por contaminación
El Cuerpo Médico Forense entregó un nuevo estudio sobre otras 23 historias clínicas de 173 pacientes fallecidos. El magistrado ya había solicitado “establecer un mecanismo estandarizado, uniforme y digital de las historias clínicas”
La causa que investiga la mayor tragedia argentina en materia sanitaria, la probable muerte de 173 pacientes después de haber sido tratados con fentanilo de la empresa HLB Pharma contaminado con dos tipos de bacterias, revela no solo la falta de trazabilidad en los lotes del fentanilo que salen al mercado y en los controles por parte del Estado sobre los laboratorios que producen medicamentos; sino también en la confección de las historias clínicas de los pacientes elaboradas tanto en el sector público como privado. En 22 de los 23 casos estudiados los peritos del Cuerpo Médico Forense advirtieron que en las historias clínicas de los enfermos fallecidos que investiga el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak: “No se remite certificado de defunción” y que “en acta de defunción consta como causa de muerte ‘enfermedad’”. Solo en un caso consta de manera expresa un certificado de defunción con causa médica específica: “shock séptico y falla multiorgánica”.
En las 20 “recomendaciones” que al Poder Ejecutivo Nacional le hicieron los integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento e Investigación sobre Fentanilo Contaminado de la Cámara de Diputados solicitaron: “La Digitalización Obligatoria de Historias Clínicas“ y se propuso: ”volver a invitar a todas las jurisdicciones la adhesión a la Ley N° 27.706, de historia clínica digital en los efectores de media y alta complejidad”.
Para los parlamentarios: “Esta medida es fundamental para complementar la trazabilidad del medicamento, ya que asegura que la información del lote y producto suministrado quede registrada de forma inmodificable y rastreable. En caso de incumplimiento el establecimiento público y/o privado deberá afrontar la imposición de sanciones administrativas y pecuniarias para quienes la incumplan”.
La Ley N.º 27.706, que crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas de la República Argentina, fue sancionada por el Congreso el 28 de febrero de 2023 y publicada en el Boletín Oficial el 16 de marzo de 2023, tras su promulgación mediante el Decreto 144/2023.
Entre sus puntos principales se destaca:
– “La ley establece el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina, con la finalidad de instaurar, en forma progresiva, un Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas.”

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