Crimen de la turista brasileña: qué dice la ley de Salud Mental y qué significa que alguien sea declarado inimputable

El hombre acusado de matar a María Vilma tenía 20 antecedentes penales y había sido declarado “inimputable” en 13 ocasiones. El caso reabre el debate sobre cómo opera la polémica ley

El caso de María Vilma das Dores Cascalho da Silva Bosco, la turista brasileña que murió en Buenos Aires tras ser atacada por un indigente con antecedentes penales y psiquiátricos, reavivó el debate en torno a la Ley de Salud Mental.

De acuerdo con la reconstrucción, el agresor escapó de la zona después del hecho y comenzó a deambular, hasta que fue detenido horas más tarde en la intersección de las avenidas Córdoba y Junín. Se encuentra internado en el Hospital Borda desde ese momento.

Según pudo saber Infobae, un informe pericial al detenido determinó que “el imputado no presentó capacidad de comprender la criminalidad de sus actos y dirigir sus acciones al momento de los hechos que se le enrostran”. Y continuaron los peritos forenses que F.N. “no se encuentra en condiciones de estar sometido a proceso”.

Cabe destacar que el artículo 34 del Código Penal indica que no es punible aquella persona que “no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de hecho no imputables, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones”.

Ante esto, la jueza del fuero porteño ordenó “suspender los plazos procesales” e imponerle una medida de seguridad: internación involuntaria en el Hospital Borda con una consigna fija, en una medida convalidada por el Juzgado Civil interviniente.

La jueza también declaró la incompetencia, ya que es el fuero nacional el encargado de los delitos graves y la justicia porteña se hizo cargo del caso porque en principio se trataba de un expediente por lesiones.

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