Causa ANDIS: una advertencia temprana que hoy vuelve al expediente

Uno de los temas centrales es el origen y la legalidad de los audios que dieron pie a la investigación. Sucede que en un Estado de Derecho no puede naturalizarse que circulen grabaciones de conversaciones privadas que no fueron ordenadas por un juez

Desde el inicio de la causa ANDIS vengo advirtiendo sobre un punto que, con el paso del tiempo, lejos de perder relevancia, se volvió central: el origen de los audios que dieron nacimiento al expediente. No es una discusión nueva ni oportunista. Es una cuestión que se planteó desde el primer momento en que esas grabaciones se hicieron públicas y comenzaron a tener consecuencias judiciales.

Sin esas grabaciones no hay denuncia, no hay investigación y no hay expediente. Ese dato es imposible de soslayar, aun cuando luego se intente despegar formalmente a los audios del resto de la instrucción.

El planteo sobre la legalidad del origen de los audios fue formulado desde el comienzo de la causa. Aun así, el expediente avanzó, se dictaron medidas, se profundizó la investigación y se tomaron decisiones procesales relevantes sin haber despejado previamente una cuestión básica: cómo se obtuvieron esas grabaciones y si respetaron las garantías constitucionales.

En materia penal, la legalidad de la prueba que da origen a una causa es una condición previa, no una cuestión accesoria que pueda analizarse más adelante.

En un Estado de Derecho no puede naturalizarse que circulen audios de conversaciones privadas que no fueron ordenados por un juez, que no cuentan con control judicial y que, sin embargo, terminan siendo el disparador de una investigación penal.

Aceptar ese esquema implica correr un límite peligroso. Hoy es una causa de alto impacto público; mañana puede ser cualquier persona. Por eso, este debate no protege a individuos concretos, sino que preserva el sistema de garantías.

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