La Corte Suprema resolvió intervenir en un conflicto por la explotación de litio y borato en Salinas Grandes
El máximo tribunal se declaró competente para intervenir en la disputa entre comunidades originarias, ambientalistas y gobiernos por la explotación minera, tras denuncias de posible daño hídrico y falta de evaluaciones ambientales adecuadas
El avance de la minería en la cuenca Salinas Grandes-Guayatayoc, que se extiende a lo largo de 17.602 km² en las provincias de Salta y Jujuy, motivó la intervención de la Corte Suprema de Justicia en un litigio que enfrenta a comunidades originarias, organizaciones ambientales y los gobiernos provinciales y nacional. La decisión del máximo tribunal, adoptada con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, implica que la Corte asume la competencia originaria en una causa que cuestiona la explotación de litio y borato en esa región.
Antes de que la Corte Suprema resolviera sobre el fondo del asunto, la causa fue remitida a la Procuración General de la Nación, que consideró que el tribunal debía intervenir en instancia originaria, dado que el conflicto involucra un recurso ambiental que abarca dos jurisdicciones provinciales y al Estado Nacional como parte demandada.
En el transcurso del proceso, las comunidades y la FARN informaron a la Corte sobre hechos nuevos. Denunciaron que las empresas mineras habían entregado a las comunidades carpetas con información sobre el impacto ambiental de sus actividades, con el objetivo de obtener la habilitación para la exploración. Sin embargo, sostuvieron que esta documentación era insuficiente y que no se habían cumplido los procedimientos formales de evaluación de impacto ambiental.
Además, señalaron que la actividad minera continuó durante la pandemia, periodo en el que fue declarada esencial, y cuestionaron la política del Estado Nacional durante la gestión de Alberto Fernández, que promovió el desarrollo de la minería y la explotación del litio.
A raíz de estas presentaciones, la Corte solicitó información a las provincias demandadas. Jujuy informó la existencia de 24 emprendimientos mineros relacionados exclusivamente con litio y borato, mientras que Salta reportó la perforación de al menos 69 pozos para exploración.
En su resolución, la Corte Suprema decidió asumir competencia para intervenir en el caso y dar curso al amparo presentado por la comunidad originaria, fundamentando su decisión en la extensión de la cuenca, la participación de dos provincias y la naturaleza federal del caso, al estar involucrado el Estado Nacional.

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