{"id":13336,"date":"2023-11-24T05:13:54","date_gmt":"2023-11-24T08:13:54","guid":{"rendered":"https:\/\/maxradio923.com\/index.php\/2023\/11\/24\/elecciones-en-pinamar-ordenan-abrir-15-urnas-para-definir-quien-gano-la-intendencia\/"},"modified":"2023-11-24T05:13:54","modified_gmt":"2023-11-24T08:13:54","slug":"elecciones-en-pinamar-ordenan-abrir-15-urnas-para-definir-quien-gano-la-intendencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/2023\/11\/24\/elecciones-en-pinamar-ordenan-abrir-15-urnas-para-definir-quien-gano-la-intendencia\/","title":{"rendered":"Elecciones en Pinamar: ordenan abrir 15 urnas para definir qui\u00e9n gan\u00f3 la intendencia"},"content":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Nacional Electoral<strong> resolvi\u00f3 este jueves la admisi\u00f3n de un recurso<\/strong> presentado por los apoderados de Uni\u00f3n por la Patria (UP) y orden\u00f3 la apertura de 15 urnas en las <strong>elecciones por la intendencia de Pinamar<\/strong>, que hasta ahora hab\u00edan consagrado al candidato de Juntos por el Cambio por una diferencia de 19 votos. Con la nueva decisi\u00f3n judicial habr\u00e1 que aguardar el recuento de las mesas cuestionadas para finalmente conocer al ganador de los comicios.<\/p>\n<p>Del recuento definitivo de los comicios del pasado 22 de octubre y culminado semanas atr\u00e1s hab\u00eda surgido el triunfo de Juntos por el Cambio. La diferencia fue de apenas 19 votos. Los apoderados de UP presentaron un reclamo para abrir las 15 mesas en cuesti\u00f3n ante la Junta Electoral provincial, pero el planteo fue rechazado y se convalid\u00f3 el escrutinio. UP elev\u00f3 un pedido a la C\u00e1mara Electoral Nacional que lo acept\u00f3 este jueves, situaci\u00f3n que abri\u00f3 otra instancia para alargar el suspenso.<\/p>\n<p>El 8 de noviembre los jueces Roberto Lemos Arias y Sergio Torres, integrantes de la Junta bonaerense, se pronunciaron por rechazar el planteo de UP y por el mantenimiento del resultado. Es decir, los 19 votos, ahora en discusi\u00f3n, que <strong>ratificaban el triunfo de Juan Ibarburen (JxC)<\/strong>. En aquel momento, los jueces entendieron que resultaba &quot;improcedente&quot; hacer lugar al pedido de apertura de urnas frente a las actas del escrutinio, &quot;sobre las que no existen dudas&quot;.<\/p>\n<p>&quot;Unicamente en los casos en los que se comprueben evidentes defectos de dichas actas se acude a la decisi\u00f3n de abrirlas con el f\u00edn de lograr reconstruir los resultados en las mesas de votacci\u00f3n&quot;, se\u00f1alaba el pronunciamiento.<\/p>\n<p>No obstante, la oposici\u00f3n, referenciada en el <strong>candidato Gregorio Estanga (UP) <\/strong>encontr\u00f3 un resquicio legal para recurrir a la C\u00e1mara Nacional bajo la argumentaci\u00f3n de evidencias en la perfomance de esas 15 mesas, donde no se reflejaba la &quot;tendencia&quot; de las restantes escrutadas. Se tuvo en cuenta en la presentaci\u00f3n el <strong>antecedente de La Plata<\/strong>. <\/p>\n<p>En la capital provincial, el intendente Julio Garro (JxC) procur\u00f3 con \u00e9xito ese tr\u00e1mite, a\u00fan con la ventaja revelada de Julio Alak (UP) de 800 sufragios. Finalmente, en un proceso muy complejo, Alak -ministro de Justicia de Axel Kicillof- se impuso en esos m\u00e1rgenes.<\/p>\n<p>Ahora, en el caso de P\u00efnamar, un municipio mucho menos habitado, <strong>la ventaja es m\u00ednima<\/strong>. De esa ecuaci\u00f3n se toma la C\u00e1mara para la revisi\u00f3n. <strong>Considera que ese guarismo amerita el procedimiento<\/strong>.<\/p>\n<p>&quot;Este Tribunal <strong>no puede pasar por alto la exigua diferencia de votos<\/strong> entre las agrupaciones UP y JxC, lo que determina que se encuentre en juego la atribuci\u00f3n del cargo ejecutivo en esta localidad. Por lo dem\u00e1s, las mesas se\u00f1aladas se encuentran dentro de una divisi\u00f3n territorial determinada secci\u00f3n electoral Pinamar, circuitos 339, 339 A, 339 B y 339 C&quot;, menciona el fallo conocido este jueves.<\/p>\n<p>Los jueces consideraron, tambi\u00e9n, que &quot;de la documentaci\u00f3n agregada a la causa <strong>surgen diferencias sustanciales en los resultados de esas mesas con respecto del resto de la secci\u00f3n a la que pertenecen<\/strong>, circunstancia que autoriza a contemplar la posible existencia de errores en la documentaci\u00f3n&quot;.<\/p>\n<p>Aprecian los magistrados que por tratarse de &quot;una cuesti\u00f3n de orden p\u00fablico, que excede el inter\u00e9s particular de los litigantes, como es el resguardo de la plena vigencia de la genuina expresi\u00f3n de voluntad popular&quot;.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Nacional Electoral resolvi\u00f3 este jueves la admisi\u00f3n de un recurso presentado por los apoderados de Uni\u00f3n por la Patria (UP) y orden\u00f3 la apertura de 15 urnas en las elecciones por la intendencia de Pinamar, que hasta ahora hab\u00edan consagrado al candidato de Juntos por el Cambio por una diferencia de 19 votos. Con la nueva decisi\u00f3n judicial habr\u00e1 que aguardar el recuento de las mesas cuestionadas para finalmente conocer al ganador de los comicios.<br \/>\nDel recuento definitivo de los comicios del pasado 22 de octubre y culminado semanas atr\u00e1s hab\u00eda surgido el triunfo de Juntos por el Cambio. La diferencia fue de apenas 19 votos. Los apoderados de UP presentaron un reclamo para abrir las 15 mesas en cuesti\u00f3n ante la Junta Electoral provincial, pero el planteo fue rechazado y se convalid\u00f3 el escrutinio. UP elev\u00f3 un pedido a la C\u00e1mara Electoral Nacional que lo acept\u00f3 este jueves, situaci\u00f3n que abri\u00f3 otra instancia para alargar el suspenso.<br \/>\nEl 8 de noviembre los jueces Roberto Lemos Arias..<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":13337,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13336"}],"collection":[{"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13336"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13336\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/13337"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13336"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13336"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/maxradio923.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13336"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}