Apelaron la absolución de la ex pareja de la mujer que murió tras caer de un cuarto piso en Salta
Minutos antes, Nahir Nuri Klimasauskas publicó un contundente mensaje en sus redes para su novio: “Me arruinaste la vida Gustavo”
Tras la absolución de Gustavo García Viarengo por el beneficio de la duda en el juicio por el femicidio de su pareja, Nahir Nuri Klimasauskas, una mujer de 27 años que murió tras caer desde un cuarto piso en Salta, los fiscales penales Claudia Carreras y Pablo Cabot presentaron un recurso de casación, para que se revoque la sentencia.
Según informó el sitio oficial del Ministerio Público Fiscal de Salta, en el recurso presentado, los fiscales Carreras y Cabot analizaron en detalle los fundamentos del fallo absolutorio y argumentaron que la sentencia adolece de una interpretación arbitraria de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
En su planteo, los fiscales sostienen que el razonamiento mayoritario del tribunal está plagado de sesgos, perceptibles en la lectura del resolutorio, y que la falta de perspectiva de género constituye una omisión hermenéutica obligatoria en este tipo de delitos.
A su vez, señalaron que la duda invocada por la mayoría del tribunal no es razonable, sino que se trata de una duda aparente, construida a partir de una valoración errónea o incompleta de la prueba. Además, subrayaron que en hechos que ocurren en la intimidad, como los femicidios, la ausencia de testigos no puede ser interpretada en detrimento de la víctima, ya que estos delitos rara vez suceden a la vista de terceros.
En el recurso presentado, también enfatizaron en la omisión del tribunal al no considerar la desigualdad estructural y la situación de vulnerabilidad de la víctima. Los fiscales remarcaron que la sentencia no valoró la asimetría en la relación de pareja ni el patrón de violencia en el que estaba inmersa la joven, elementos que consideran fundamentales para comprender el contexto en el que se produjeron los hechos.
En su presentación, advierten que una lectura rápida de la sentencia permite identificar en el lenguaje del voto mayoritario la presencia de prejuicios de género y conceptualizaciones estereotipadas, que tienden a justificar o atenuar indebidamente las conductas del imputado mediante eufemismos, y a cuestionar la personalidad o el comportamiento de la víctima.

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